Edición: 2017
Páginas: 708 páginas.
El libro contiene una propuesta que se aparta de la interpretación predominante en la doctrina y la jurisprudencia chilenas, según la cual la regulación del documento público como medio de prueba está contenida en los artículos 1699, 1700 y 1706 del Código Civil. Como se expone en el trabajo, estas normas civiles se refieren a un tipo particular de documento público, de carácter solemne, autorizado por un ministro de fe, cuyo contenido recae sobre actos jurídicos de Derecho Privado. Así lo demuestran las fuentes históricas en las cuales se inspiró Bello al redactar este precepto y lo ratifican las disposiciones de los artículos 1700 y 1706.Junto a dicha modalidad documental, el Derecho nacional contempla otras clases de documentos públicos, que pueden ser agrupadas en dos categorías. Primero, documentos públicos dotados de fe pública, como –por ejemplo– los documentos electrónicos suscritos mediante firma electrónica avanzada; segundo, los documentos públicos confeccionados durante el ejercicio de funciones públicas, como –por ejemplo– los documentos oficiales. En cada caso, el valor probatorio es diferente, aunque siempre se encuentra sometido a un estatuto legal que hace excepción al sistema de prueba libre.
ÍNDICE DE CAPÍTULOS
Capítulo primero Concepto de documento público
Capítulo segundo Características del documento público como medio de prueba
Capítulo tercero Documentos públicos en cuya confección concurre la fe pública
Capítulo cuarto Documentos públicos confeccionados durante el ejercicio de funciones públicas
Capítulo quinto Producción y valoración de la prueba por documentos públicos
Conclusiones
Bibliografía
Índice de jurisprudencia
Índice de conceptos..
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