Editorial:Tirant lo BlanchColección:Monografías
1ª Edición / 200 págs. / Rústica / Castellano / Libro
Autor/a: Carlos Kunsemuller
El
sistema de circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal
vigente en nuestro Código reviste carácter imperativo y el juez debe
valorarlas para aumentar o disminuir la sanción y es consecuente con
las orientaciones doctrinarias, influidas por el liberalismo,
predominantes en el momento histórico-político en que se redacta el
Código Penal. La teoría general de las circunstancias modificativas de
la responsabilidad penal se inscribe en el largo y difícil camino que el
Derecho Penal recorre desde tiempos inmemoriales, buscando una solución
lo más justa y práctica posible al problema de adecuar
proporcionalmente la pena al delito cometido y al autor concreto que lo
realizó. (González Cussac Presente y futuro de las circunstancias
modificativas, citado en la Introducción a este libro). Novoa Monreal
enseña que las circunstancias modificatorias se explican por una
necesidad de justicia. El vivo interés demostrado por los autores
chilenos con respecto al tema de las circunstancias modificatorias,
traducido tanto en manuales y obras generales, como en monografías de
gran calidad, al que se suma la activa tarea interpretativa de los
tribunales a través de su jurisprudencia, constituyen evidencias
irrefutables de la gran importancia teórica y práctica que reviste el
tema motivador del presente trabajo.
Índice
ABREVIATURAS 19
I. INTRODUCCION 21
1. Definición 23
2. Fundamento de las circunstancias 26
3. Características 28
4. Código Penal 32
5. Clasificación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal 40
II. LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 43
1. Concepto 43
2. Generalidades 44
3. Historia legislativa 45
4. Clasificación de las circunstancias 47
5. Los proyectos y anteproyectos de Código Penal 52
6. Las circunstancias agravantes en el marco de la prevención general. 56
7. Análisis del artículo 12 del Código Penal 63
1».
Cometer el delito contra las personas con alevosía, entendiéndose
que la hay cuando se obra a traición o sobre seguro 63
A. Historia 63
B. Naturaleza 64
C. Concepto 66
D. Elementos: a traición o sobre seguro 67
a) A traición. 68
b) Sobre seguro. 69
c) Animo alevoso. 71
E. Dolo 78
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 78
G. Política criminal 79
2». Cometerlo mediante precio, recompensa o promesa 79
A. Historia 79
B. Naturaleza 80
C. Concepto 80
D. Elementos 82
a) Acuerdo previo. 82
b) Carácter del premio, recompensa o promesa. 82
c) Extensión de sus efectos. 85
E. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 90
F. Política criminal 90
3».
Ejecutar el delito por medio de inundación, incendio, veneno u otro
artificio que pueda ocasionar grandes estragos o dañar a otras
personas 91
A. Historia 91
B. Naturaleza 91
C. Concepto 92
D. Elementos 92
E. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 93
F. Política criminal 93
4». Aumentar deliberadamente el mal del delito causando otros males innecesarios para su ejecución 93
A. Historia 93
B. Concepto 94
C. Elementos 94
D. Política criminal 96
5». En los delitos contra las personas, obrar con premeditación conocida o emplear astucia, fraude o disfraz 97
A. Historia 97
B. Naturaleza 97
C. Concepto 98
a) Premeditación 98
D. Elementos 100
E. Dolo 105
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 105
G. Política criminal 106
A. Historia 108
B. Concepto 108
C. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 109
D. Política criminal 110
6».
Abusar el delincuente de la superioridad de su sexo o de sus
fuerzas, en términos que el ofendido no pudiera defenderse con
probabilidades de repeler la ofensa 110
A. Historia 110
B. Concepto 111
C. Naturaleza 113
D. Elementos 113
E. Política criminal 114
7». Cometer el delito con abuso de confianza 115
A. Historia 115
B. Naturaleza 115
C. Concepto 115
D. Elementos 117
a) Abusar. 117
b) De confianza. 117
E. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 118
8». Prevalerse del carácter público que tenga el culpable 118
A. Historia 118
B. Naturaleza 118
C. Concepto 118
D. Elementos 119
E. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 120
F. Política criminal 120
9». Emplear medios o hacer que concurran circunstancias que añadan la ignominia a los efectos propios del hecho 120
A. Historia 120
B. Naturaleza 121
C. Concepto 121
D. Elementos 122
E. Dolo 123
F. Comunicabilidad Ð Incomunicabilidad 123
G. Política criminal 123
10».
Cometer el delito con ocasión de incendio, naufragio, sedición,
tumulto o conmoción popular u otra calamidad o desgracia 123
A. Historia 123
B. Naturaleza 124
C. Concepto 124
D. Elementos 126
E. Dolo 126
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 126
G. Política criminal 127
11». Ejecutarlo con auxilio de gente armada o de personas que aseguren o proporcionen la impunidad 127
A. Historia 127
B. Naturaleza 127
C. Concepto 127
D. Elementos 129
a) Auxilio de gente armada. 129
b) Auxilio de personas que aseguren o proporcionen la impunidad. 131
E. Dolo 131
F. Comunicabilidad Ð Incomunicabilidad 132
G. Política criminal 132
12». Ejecutarlo de noche o en despoblado 132
A. Historia 132
B. Naturaleza 132
C. Concepto 133
D. Elementos 134
a) Noche. 134
b) Despoblado. 134
E. Dolo 135
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 136
G. Política criminal 136
13».
Ejecutarlo en desprecio o con ofensa de la autoridad pública o en
el lugar en que se halle ejerciendo sus funciones. 136
A. Historia 136
B. Naturaleza 136
C. Concepto 136
D. Elementos 138
a) Autoridad. 138
b) Lugar donde ejerce sus funciones 138
E. Dolo 139
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 139
G. Política criminal 139
14».
Cometer el delito mientras cumple una condena o después de haberla
quebrantado y dentro del plazo en que puede ser castigado por el
quebrantamiento 139
A. Historia 139
B. Naturaleza 140
C. Concepto 140
D. Elementos 141
a)
Incurrir en la comisión de un delito crimen o simple delito
mientras se cumple una condena anteriormente impuesta y sólo en los
casos de los incisos primero y œltimo del art. 91 del Código Penal.
141
b) Alcance. 141
c) Relación con el delito de quebrantamiento de condena. 141
d) Reincidencia impropia y Libertad Condicional. 143
e)
Reincidencia ficta y medidas alternativas al cumplimiento de las
penas privativas o restrictivas de libertad (actualmente, en virtud de
la Ley Nro. 20.603, penas sustitutivas a las penas privativas o
restrictivas de libertad). 143
E. Dolo 144
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 145
G. Política criminal 145
15». Haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena 145
A. Historia 145
B. Naturaleza 145
C. Concepto 145
D. Elementos 148
a) Haber sido condenado anteriormente. 148
b) Pluralidad de delitos anteriores de igual o mayor gravedad que el delito posterior. 148
c) Igual o mayor gravedad en abstracto, conforme a la pena establecida en la ley. 148
E. Dolo 148
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 148
G. Política criminal 149
16». Haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie 149
A. Historia 149
B. Naturaleza 149
C. Concepto 149
D. Elementos 152
a) haber sido condenado anteriormente. 152
b) condena anterior por delito de la misma especie. 153
c) delito anterior de la misma especie que el posteriormente cometido. 153
E. Dolo 155
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 155
G. Política criminal 156
a)
En la Parte General del Proyecto de Código Penal Tipo para
Latinoamérica, Capítulo Segundo, Reincidencia, Habitualidad y
Profesionalidad, el art. 69 dispone que: Al que volviere a cometer
delito después de haber sido condenado por sentencia firme, se le podrá
agravar la pena hasta la mitad del máximo de la establecida para el
correspondiente delito. 156
b)
El profesor Bustos Ramírez, cuya opinión proclive a la eliminación
de la agravante ya hemos citado, la considera claramente
inconstitucional, pues va en contra del principio de responsabilidad (o
culpabilidad) por el hecho. También se pronuncian por la
inconstitucionalidad, entre otros, Zugaldía Espinar, Jareño Leal, Garzón
Real-Manjón-Cabeza Olmeda. 156
c)
En nuestro medio científico, la reincidencia ha dado lugar a varios
comentarios de autores, vinculados, fundamentalmente, con su fundamento
y justificación, en el contexto de las circunstancias generales de
agravación de la responsabilidad penal. 157
17». Cometer el delito en lugar destinado al ejercicio de un culto permitido en la Repœblica. 160
A. Historia 160
B. Naturaleza 161
C. Concepto 161
D. Elementos 161
a) Culto permitido. 161
b) Lugar destinado a su ejercicio. 162
E. Dolo 162
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 162
G. Política criminal 162
18».
Ejecutar el hecho con ofensa o desprecio del respeto que por la
dignidad, autoridad, edad o sexo mereciere el ofendido, o en su morada,
cuando el no haya provocado el suceso. 162
A. Historia 163
B. Naturaleza 163
C. Concepto 163
D. Elementos 164
a) Cometer el delito en ofensa o desprecio del respeto debido al ofendido. 164
b) Cometer el delito en la morada del ofendido. 165
E. Dolo 166
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 166
G. Política criminal 166
19». Ejecutarlo por medio de fractura o escalamiento de lugar cerrado 166
A. Historia 166
B. Naturaleza 166
C. Concepto 166
D. Elementos 167
a) Escalamiento (fractura). 167
b) Fractura. 168
c) Lugar Cerrado. 169
E. Dolo 169
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 169
G. Política criminal 169
20». Ejecutarlo portando armas de aquellas referidas en el artículo 132 169
A. Historia 169
B. Naturaleza 170
C. Concepto 170
D. Elementos 170
a) Ejecutar el delito portando armas. 170
b) Portar armas de aquellas referidas en el art. 132. 171
E. Dolo 172
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 172
G. Política criminal 172
21».
Cometer el delito o participar en el motivado por la ideología,
opinión política, religión o creencias de la víctima; la nación, raza,
etnia o grupo social a que pertenezca; su sexo, orientación sexual,
identidad de género, edad, filiación, apariencia personal o la
enfermedad o discapacidad que padezca 172
A. Historia 172
B. Naturaleza 173
C. Concepto 173
D. Elementos 175
E. Dolo 176
F. Comunicabilidad - Incomunicabilidad 176
G. Política criminal 176
Art.
13. Circunstancia mixta. Ser el agraviado cónyuge o conviviente civil,
pariente por consanguinidad o afinidad en toda la línea recta y en la
colateral hasta el segundo grado, padre o hijo del ofensor. (Versión de
acuerdo a la Ley Nro. 20.830, D.O. 21.04.2015) 177
A. Historia 177
B. Naturaleza 178
C. Concepto 178
Delitos en que no concurre: 183
La circunstancia del parentesco y el matrimonio como agravante: 183
Derecho comparado: 184
III. LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES PREVISTAS PARA LAS PERSONAS JURíDICAS PENALMENTE RESPONSABLES 187
BIBLIOGRAFíA 189